SABER MÁS...

 

- ¿CUÁNDO EMPIEZA Y POR CUANTO TIEMPO?

A partir del 1 de agosto de 2019, coincidiendo con el comienzo de la próxima campaña vitivinícola, por cinco campañas. Es decir de 1 de agosto de 2019 y hasta 31 de julio 2024.

 

- ¿QUIÉNES CONTRIBUYEN?

En la de Extensión de Norma de la Interprofesional del Vino de España está previsto que cotice TODO el vino comercializado (granel, envasado, mercado doméstico, importaciones y exportaciones) y TODOS los operadores*  

 

* Productores de vino o propietarios de las existencias (almacenistas) que no sean consumidores privados o minoristas.

 

¿QUIÉNES NO ESTÁN SUJETOS A PAGO?

- Las salidas de vino con destino a destilación que acrediten su entrada en destilería no estarán sujetas a la cuota de comercialización a granel. 

 

- En el caso de las bodegas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o una entidad integradora, cualquiera que fuese la naturaleza jurídica de éstas, los movimientos o transacciones de vino de carácter interno no devengarán cuota. Para poder acogerse a este régimen, la entidad integradora o grupo empresarial estará obligada a comunicar a OIVE la relación completa de sus bodegas vinculadas societariamente rellenando un formulario creado para tal fin. Se identificarán (los operadores) los movimientos internos entre empresas de un grupo, las maquilas, etc… que no cotizarán. Tampoco las devoluciones comerciales que ya hubieran devengado cuota.

 

- En el caso de que todas o parte de las operaciones internas derivaran en una empresa vinculada no obligada a estar inscrita en el REOVI y, por tanto, a efectuar las declaraciones establecidas en los Reales Decretos 739/2015 y 313/2016. En ese caso deberá identificar ante la OIVE este hecho y presentar una propuesta para identificación de la obligaciones de cuota establecidas por la presente extensión de norma.

 

- ¿A QUIÉN TENGO QUE DIRIGIRME PARA SOLUCIONAR DUDAS?

TRAGSATEC es la empresa encargada de ofrecer el servicio de información y gestión de dudas en relación con la extensión de norma de OIVE. 

Contactos para Atención de dudas  

 

 

- ¿CUÁLES SON LAS CUOTAS ESTABLECIDAS?

En la Extensión de Norma  vigente se ha aprobado una bajada de un 20% de las cuotas que se fijaron en la anterior.  Con la experiencia de estos tres años y un mayor conocimiento del funcionamiento del sistema, el seno de OIVE decidió ajustar los pagos en un ejercicio de responsabilidad en la gestión con el objetivo de  llegar a la recaudación fijada .

Para poder alcanzar las necesidades presupuestarias previstas, se han determinado dos cuotas, una para el granel y otra para el vino envasado:

Cuota granel: 0,052€/Hl 

Cuota envasado: 0,18€/Hl

Las cantidades de vino destinadas a la elaboración de otros productos (sangría, vinos aromatizados, …), tendrán la consideración de vino vendido a granel a efectos de aplicación de la cuota.

 

- ¿CÓMO SE CALCULAN LAS CUOTAS?

El cálculo de la cuota se hará en función de los datos obtenidos a través del sistema de declaraciones obligatorias establecido en los Reales Decretos 739/2015

 

- ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE PAGO?

El obligado al pago es el propietario del vino que realiza la comercialización. Se devengarán en el momento de la salida del vino vendido de las instalaciones donde esté depositado, siempre que dicho movimiento se realice dentro del periodo de vigencia de la extensión de norma y con independencia del año de producción del vino.

 

Con carácter general: en el plazo máximo de treinta días después de la emisión de la factura correspondiente a cada declaración obligatoria de vino establecida a la Agencia de información y Control Alimentarios (AICA)

Pequeños productores: En el caso de los productores cuya producción de vino y mosto sea inferior a 1.000 hectólitros, el pago del importe de las cuotas debidas se realizará una única vez por año en un plazo máximo de treinta días tras la presentación de la declaración obligatoria de vino del mes de agosto

 

Los pagos se realizarán mediante transferencia o domiciliación bancaria a la cuenta corriente dispuesta a tal efecto por OIVE. 

  

- ¿CÓMO SE REALIZA EL SEGUIMIENTO PAGOS?

Existe una Comisión Delegada de la Junta Directiva de la OIVE que se rige por los principios de confidencialidad de la información tratada. Ésta cuenta con los soportes organizativos necesarios para el seguimiento y control de las aportaciones.

 

 - ¿CUÁLES SON LAS LINEAS DE ACTUACIÓN DE LA EXTENSIÓN DE NORMA VIGENTE?

 

Acciones de Promoción e información sobre el Consumo

•    Mercado Interior y Exterior

•    Imagen Sector Vino-Salud

•    Consumo Responsable

 

 Inteligencia Económica 

•    Información Sectorial

•    Acceso a Mercados

 

 Vertebración Sectorial

•    Control Calidad-Autenticidad

•    Estrategia Sector

•    Mejor funcionamiento Cadena de Valor

 

I+D+i

•    Cambio Climático

•    Vino y Salud

•    Dinamización

 

 Buen gobierno y transparencia en la puesta en marcha y gestión de la Extensión de norma

•    Optima gestión del sistema de extensión de norma

•    Correcta y transparente información a los operadores del sector